30.5.07

¡EL CAMPANAZO!


“VOZ DE AVISO PARA TODOS NUESTROS COMPATRIOTAS”


Boletín No 29 – 27 MAYO de 2007 FUNDADO: Enero de 2005 Bogotá D.C. SP de Infantería de Marina (R) MIGUEL ANGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA.


En Colombia hay que Silenciar las ARMAS, deben sonar las CAMPANAS como símbolo de Paz y el Presupuesto, se invierta derechos sociales y no en guerra.


URGENTE CONSEJO COMUNAL PARA LA FUERZA PUBLICA: Gracias a 9 derechos de petición y al apoyo de 1.179 firmantes de las reservas, lucha iniciada en septiembre de 2003 a la Audiencia Publica el 16 de Noviembre de 2006, en el Senado de la República, la marcha del 01 de mayo y a las continuas protestas de algunos inconformes, parece que al fin nos va a escuchar el sábado 02 de Junio el señor Presidente de la República, es el momento de reclamar nuestros derechos Constitucionales inscripciones para la asistencia e intervenciones, oficina asesora y organizadora para los Municipios teléfono No. 5662135 a la vez informaran el lugar del consejo.

LOS TORNADOS QUE SE LES AVECINAN A LOS DIRECTORES DE LAS CAJAS CREMIL Y CASUR POR:

Continuar Negándose a cumplir las sentencias de los diferentes tribunales y juzgados Administrativos del País, lo Cual Constituye Fraude a Resolución Judicial, delito que es castigado con penas de 2 a 4 años de prisión.


Compañeros tenemos derecho a que nos reajusten nuestra asignación de retiro y asì como los tribunales han fallado a favor de los Señores Generales nosotros tenemos los mismos derechos e igualdad y debemos luchar por el cumplimiento de ellos con dignidad por bajar la cabeza. 15 años han sido los atropellos de los directores de CREMIL Y CASUR a la Ley 4ª de 1992, cantidades aproximadas por grado dejadas de pagar mensualmente durante 4 años y que deben reajustarse a la asignación de retiro y al personal en servicio activo. Por eso hay que demandar:

Teniente Coronel o Capitán de Fragata $658.000
Mayor o Capitán de Corbeta $1.799.000
Capitán o Teniente de Navío $455.000
Teniente o Teniente de Fragata $ 297.000
Subteniente o Teniente de Corbeta $ 272.000
Sargento Mayor o Jefe Tècnico $ 341.000
Sargento Primero o sub Jefe $557.000
Sargento Vice 1º. O Suboficial 1º. $ 570.000
Sargento 2º. o Suboficial 2º. $343.000
Cabo Primero o Suboficial 3º. $ 278.000
Cabo 2º o Marinero $ 268,000
Agente de la Policìa Nacional $ 518.000


El General (R) Rodolfo Torrado Quintero que dice ser transparente, honesto, sincero, leal, de gran ética, profesional y moral porque no ha informado en el boletín al gremio de afiliados a la CAJA lo siguiente:
1) El retiro del señor subdirector administrativo, al cumplir 65 Años, usted porque no ha renunciado con 67 años ¿cuantos años de carrera Militar tiene el actual subdirector administrativo? ¿A que sexo pertenece cuando fue la convocatoria para llenar la vacante? o “¿es que hay Gato encerrado?”.
2) Del delito de Fraude a Resolución Judicial, la Caja fue demandada por mas de Mil Millones de pesos, el proceso se encuentra en el Consejo de Estado en apelación, Expediente 2003-90422 de ACOLSURAN vs CREMIL señor TORRADO QUINTERO. Los perjuicios causados pueden llegar a valer mas de dos mil millones de pesos, pues el lucro cesante y el daño emergente no han sido liquidados definitivamente y los compañeros de ACOLSURAN; han sido perjudicados, fueron embargados, perdieron la sede y les quitaron el código de descuentos, 736 que tenían asignado en CREMIL.
3) El embargo de la Caja el 19 de abril de 2006 por $1.352 millones de pesos por el Juzgado 7º. Laboral del circuito de Cartagena, en el proceso de Hernando Serna Martínez VS CREMIL, cuyo mandamiento de pago se produjo el 12 de Octubre de 2005 por $36,460.452 mas indexación $72.342.876,61 total que sobrepasan los 108 millones de pesos, en la demanda principal por la prima de actualización, y con 10 demandas acumuladas a este mismo proceso y en cual se libro mandamiento de pago el 19 de abril de 2006, sumas superiores a 108 millones a cada uno de los siguientes compañeros: Rubén Darío Quintero Álvarez, Julio cesar Zambrano Torres, José Héctor Castañeda Mora, Catalino Quintero Marzan, Jorge Isaac Banda Pérez, Miguel Antonio Castro Bellido, Florentino Bordua del Castillo, Jairo Mercado Monroy, Nefaar Gil Marín, y Jairo Luengas Luengas.

SENTENCIAS QUE LA CAJA DEBE CUMPLIR DE INMEDIATO: Del juzgado 10, Administrativo del Circuito de Cartagena, que dicto sentencias favorables a nuestros compañeros:
SM Castulo Enrique Carmona Mon 13001233100020030101900
SUB Barlahan de Jesús Correa Sánchez 13001233100020030124900
SM Oswaldo Bellido Romero 13001233100020030108900
SUB Oswaldo Jaramillo Rojas 13001233100020030143000
SUB 1º Ernesto Bernal Moran 13001233100020030128000
SUB Marco Fidel Álvarez Carvajalino 13001233100020030221500
SUB 1º Celimo Arturo Ángel Manrique 13001233100020030107300
SUB 2º Leónidas Efraín Rocero Tutulcha 13001233100030030100100
JT Ricardo Acosta Acosta 13001233100020030219800
SUB Fernando Sobrino Zarate 13001233100020030091200

Del Consejo de Estado, Sala de Consultas y Servicio Civil radicación, 1.102 del 13 de Mayo de 1998: Ante la consulta elevada por el Ministro de Defensa Doctor GILBERTO ECHEVERRY MEJIA, sobre la Nivelacion salarial al Personal Retirado de la Fuerza Publica, con respecto a la ley 4ª de 1992 Respondió: De la norma, el Consejo de Estado, sección segunda, mediante sentencia de 14 de agosto de 1997 (exp. 9923), declaró La nulidad de las expresiones “Que la devenguen en servicio activo” y “reconocimiento de” del parágrafo del articulo 28 de los decretos 25 de 1993 y 65 de 1994 y contenidas también en el articulo 29 del decreto 133 de 1995, así como la disposición contenida en el articulo 13 de la ley 4ª. De 1992, son titulo suficiente para que las entidades encargadas del pago de asignaciones de retiro del personal de la Fuerza Pública, reconozcan y paguen la prima de actualización al personal que gozaba de asignación de retiro durante los años 1992 a 1995: Transcríbase al Ministro de Defensa Nacional. Igualmente, envíese copia a la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República. Firman los honorables Magistrados Augusto Trejos Jaramillo, (Presidente de la Sala), Javier Henao Hidron, César Hoyos Salazar, Luis Camilo Osorio Isaza y Elizabeth Castro Reyes Secretaria de la Sala. Levantada la reserva mediante Auto del 14 de Mayo de 2002, por que nunca cumplieron el fallo a favor de la Fuerza Pública y premiaron el nombre del Ministro colocándoselo a un Dispensario del EJC.

1 de Mayo del año 2007 se Abre una nueva pagina en la Historia de Colombia por primera vez, las reservas de la Fuerza Pública y Familiares, tuvimos el coraje y asistimos a la Marcha del Día del trabajo; probamos que tenemos derechos Constitucionales que algunos Ilustres dirigentes, los han vulnerado gracias a nuestros compatriotas apostados a lado y lado de la Carrera 7ª, por sus aplausos y voces de aliento, para quienes en otrora portamos el uniforme y en muchas oportunidades engalanamos las calles de las ciudades y pueblos en las ceremonias y desfiles. Reconocimiento a la Senadora PIEDAD CORDOBA, quien se comprometió a llevar a cabo un debate desde el Senado para exigirle al Gobierno y a los Directores de CREMIL Y CASUR cumplan la Ley 4ª de 1992, Aclaramos que nada tuvimos que ver en los actos bochornosos que se presentaron después de la marcha, quedaban 03 Suboficiales, en las escaleras del Capitolio por lo tanto no estábamos en el lugar equivocado; hacia 2 horas se habían retirado las reservas.


A los Periodistas y Universitarios que viven convencidos que el presupuesto del País, lo acaban las FFMM Y POLINAL les manifestamos que lo gastan en compra de equipos para la inclemente y vulgar guerra que se libra en nuestro Territorio, no lo gastan en bienestar social; han mantenido salarios irrisorios para los funcionarios públicos del Mindefensa, FFMM y Ponal activos, pensionados, soldados y policías que ponen el pecho y los Muertos.


08 de Mayo entrevista RCN, el Señor Vicepresidente de Colombia manifestó que 40 serán los congresistas que irían a la carcel por la parapolitica: los Senadores de la Republica se solidarizaron y le pidierón que aclarara y diera los Nombres, conclusión el otro Santo de Colombia se arrepintió de lo expresado.


08 de Mayo en los noticieros de TV: El Comandante General de las FFMM. Declara que en un operativo de la inteligencia Militar descubrió que hay Militares activos y en retiro que integran las Milicias Bolivarianos, el Señor General debe publicar los Nombres, “estamos cansados que se bañen las manos siempre con los retirados, que somos ciudadanos y no estamos bajo el fuero Militar”; esperamos no nos salga con el cuento que lo “expreso en forma anecdótica”, como lo hizo el 28 de junio de 2004, en la reunión en el Mindefensa Señor General demuestre su furia con el cuerpo de Generales activos y retirados para exigirle al Gobierno Nacional y a los Directores de las cajas CREMIL Y CASUR el pago de la Ley 4ª de 1992 Nivelaciòn Salarial derechos vulnerados a los Suboficiales y Oficiales hasta Teniente Coronel activos y retirados asì mismo ordene, le reintegren los dineros que les descontaron desde 1975 a los funcionarios públicos del Mindefensa y FFMM, de los tres (3) días vacacionales para el club del engaño.


08 de Mayo de 2007, gran derrota a la meritocracia, homenaje a la dedocracia y a la posible corrupción con el nombramiento del Sargento Mayor CARLOS ALBERDI VELASQUEZ GARZON, como nuevo Director del CSFM discriminados, 200 Sargentos Mayores del EJC, Mas Antiguos que el elegido, los señores Generales argumentan que los SM no reúnen los requisitos, ¿será esto cierto o es una farsa? Honorables Suboficiales de las FFMM, retirados y pensionados. Recojamos firmas para hacer revocar el nombramiento y gestionarle el traslado del CSFM.


En la Fiscalía 207 Unidad 1ra. Administración publica, hay una denuncia contra el Brigadier General, presidente de la junta directiva sus integrantes y otros funcionarios del CSFM por malos manejos Expediente No. 110016000049200702265.


22 de Mayo el regreso de un secuestrado a la casa de sus Padres bienvenido a la LIBERTAD, después de 8 años; Intendente de la Policìa Nacional JHONN FRANK PINCHADO: Ojala los abrazos de los personajes de los estratos sociales elevados sean llenos de sinceridad y de humildad; esperando la llegada de el resto de SECUESTRADOS, usted tuvo el coraje de volarse. No necesitó para su libertad de las entidades gremiales, ni de dirigentes Hipócritas que disfrutan con los dineros de los afiliado ¡EL CAMPANAZO! lo saluda con 21 Cañonazos de la voluntad todo lo supera y ojala el señor Ministro de Relaciones Exteriores, sea su compañero de causa, pues le dijo en la Clínica que los secuestrados son sus Hermanos, invitamos a los secuestradores a la reflexión, ustedes son Colombianos y sienten necesidades y el desengaño de los prepotentes que dirigen el País.

SP de Infantería de Marina (R) MIGUEL ÁNGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA
Secretario Comunitario Federación Comunal de Juntas de Bogotá Calle 66 B No. 120 – 15 las Palmas Engativá Teléfono 2279185 - 5401821 - Cel. 3115512604 Email:
spimleguizamon@gmail.com

6.5.07

Comunicación al Comandante de las Fuerzas Militares

Marcha del 1ro. de mayo por parte de la Fuerza Publica del Valle
.
Señores Periódico ACORE

Cordialmente solicito tener en cuenta el presente articulo que fue enviado al Sr. Cdte. Gral. de las FF.MM., con el fin de que sea publicado en nuestro periódico por la gran importancia de este texto; ya que creo que quince años de espera para que se de cumplimiento a una ley de la republica es como suficiente, y veo que ya la paciencia para muchos miembros de la reserva activa esta como llegando a su tope y tal vez el paso que siga será el de quejarnos ante HUMANS RIGHT WATCH, por que nadie le quiere poner cuidado a este tema tan delicado como es el de la violación de los derechos humanos al interior de la Fuerza Publica.

Cordialmente,

Capitán de Fragata GONZALO ORDÓÑEZ SERRANO
ACORE - Santander


ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA - ANALVET


Bogotá, Mayo 3 de 2007

Señor General
Freddy Padilla De León
Comandante de las Fuerzas Militares de Colombia
L. C.


Estimado General: Cordial saludo.

Con base en el siguiente artículo de la Constitución:

ARTICULO 217 : La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.

Atentamente nos permitimos solicitar un pronunciamiento del Señor Comandante de las Fuerzas Militares ante la violación del Orden Constitucional por parte del Gobierno consistente en la negativa a cumplir la Ley 4ª de 1992 que ordena una Nivelación Salarial para activos, retirados y pensionados de la Fuerza Pública.

La violación a nuestro Estado de Derecho se agrava con el incumplimiento por parte del Gobierno a las sentencias dictadas por las autoridades judiciales que en múltiples ocasiones han ordenado cumplir la mencionada ley que se encuentra vigente.

Es verdaderamente triste por decir lo menos, que un Gobierno se empeñe en desconocer el Orden Constitucional precisamente en contra de quienes lo defienden hasta con el riesgo de sus propias vidas.

Como las Fuerzas Militares no han sido establecidas para defender Gobiernos, creemos que por mandato constitucional éstas se deben pronunciar cuando se detecte una violación a nuestro Orden Constitucional con el fin de restablecer el Imperio de la Ley en un Estado de Derecho como el nuestro.

Es tal la violación a nuestro orden jurídico por parte del Gobierno Nacional en cabeza del Señor Uribe, que hasta las fuerzas políticas y sindicales están contribuyendo a denunciar esta flagrante violación que afecta a los más fieles servidores del Estado.

El día primero de mayo por primera vez en la historia de este País, los veteranos de la Fuerza Pública marchamos por toda Colombia en compañía de las organizaciones sindicales para denunciar los atropellos a que estamos sometidos por este Gobierno irresponsable y desconsiderado.

Nuestra pancarta principal decía:

Señor Uribe:
Usted también está obligado a cumplir la ley.
Respete los derechos de la Fuerza Pública.
Exigimos nuestra Nivelación Salarial ordenada en la Ley 4ª de 1992.


Atentamente,

Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique
Presidente ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA
Oficina: Calle 31 Nº 17-48 Cel. 310-7091485 e-mail. analvetcolombia@gmail.com
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