10.3.08

MENSAJE AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA - "ANALVET" - N. I. T: 900154396-7
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MENSAJE AL PRESIDENTE
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Señor Presidente de la República: Cordial saludo.
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Nuevamente nuestros valientes compañeros de la Fuerza Pública han cumplido con el sagrado juramento que una vez hicieron de defender la Patria, aún a costa de sus propias vidas.
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En su honor y como reconocimiento a su abnegado sacrificio, Ud. como Comandante en Jefe, debería también cumplir el juramento que ordena nuestra Carta Magna en su artículo 192 como requisito para asumir el cargo de Presidente, juramento que Ud. ha prestado dos veces y que a la letra reza: "Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia".
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La ley 4ª de 1992 es una ley vigente de Colombia que Ud. no ha cumplido y que precisamente reconoce en materia salarial, la difícil misión que cumple nuestra gente en un País en guerra, reconocimiento que innegablemente Ud. con frecuencia realiza pero desde los micrófonos.
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El artículo 188 de la Constitución reza: "El Presidente de la República simboliza la unidad nacional y al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos".
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Al incumplir la ley 4ª de 1992 Ud. no está garantizando los derechos de los más fieles servidores del Estado, que sin lugar a dudas son los miembros de la Fuerza Pública.
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En esa ley se contemplan derechos para esos valientes compañeros que a diario arriesgan sus vidas para hacer posible el programa de la seguridad democrática, bandera de su Gobierno.
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El artículo 189 en su numeral 28 establece que corresponde al Presidente de la República: "Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento".
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Ud. señor Presidente, no ha obedecido la ley 4ª de 1992 y menos ha velado por su estricto cumplimiento.
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Como en un Estado de Derecho nadie puede estar por encima de la Constitución y de las leyes, comedidamente solicitamos al Primer Mandatario cumplir la ley 4ª de 1992 que ordena una Nivelación Salarial para activos, retirados y pensionados de la Fuerza Pública.
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Cordialmente,
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Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique - Presidente ANALVET

REUNION CON EL SEÑOR MINISTRO

Reunión con el Señor Ministro del Interior y de Justicia
De: Alfonso Fierro (analvetcolombia@gmail.com)
Enviado:martes, 04 de marzo de 2008 08:54:09 p.m.
Para: gonzalo ordoñez (Gonzaordo@hotmail.com)
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ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA - "ANALVET" - N. I. T: 900154396-7
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REUNIÓN CON EL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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Atentamente me permito informar que la Dirección de Defensa Judicial de la Nación acaba de confirmar la reunión con el Señor Ministro del Interior y de Justicia, solicitada por nuestra organización para tratar asuntos relacionados con los problemas salariales que afectan a la Fuerza Pública y el incumplimiento de sentencias judiciales por parte de CREMIL y de CASUR.
A dicha reunión asistirán los siguientes miembros de ANALVET:
Teniente Coronel (abogada) INGRID TÉLLEZ ZAMUDIO
Doctora MÓNICA PORTO PORTO
Sargento Primero (abogado) MANUEL PESTANA TIRADO
Capitán JUAN ALFONSO FIERRO MANRIQUE
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Anexo confirmación:
De:"Jaime Aguilera" <jaguilera@mij.gov.co>
Para:"Alfonso Fierro" <
alfierrom@yahoo.com>
Asunto: Reunión con el señor Ministro
Fecha:Tue, 4 Mar 2008 15:42:16 -0500
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Señor Capitan Fierro:
Cordial saludo.
Con el debido respeto me permito informarle como fecha para la reunión con el señor Ministro Holguín jueves 3 de abril, faltando por definir la hora. Cualquier cambio y hora señalada se la confirmaré oportunamente.
Atentamente,
Jime Aguilera Salcedo

AUMENTO DE SUELDOS

ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA - "ANALVET" - N. I. T: 900154396-7
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AUMENTO DE SUELDOS
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De acuerdo con el Decreto 673 de Marzo 4 de 2008, expedido por el Gobierno Nacional, el aumento de sueldos para la Fuerza Pública es de 5.69% sobre las asignaciones básicas.
Si consideramos que la inflación consolidada para el 2007, según reporte del Dane, fue de 5,69%: podemos concluir que el porcentaje aumentado por el Gobierno escasamente compensó el efecto inflacionario, a lo que estaba obligado por mandato constitucional. Es decir que no hubo aumento real de nuestro poder adquisitivo.
En el Decreto en mención no se contemplaron los aumentos esperados en la Prima de Actividad para el personal de Agentes de la Policía y de los civiles pensionados.
A los civiles en servicio activo se les incrementó la Prima de Actividad a un 49.5%.
El Decreto confirmó el aumento de 2,77% para los Tenientes Coroneles en servicio activo y de 1,92% para los Sargentos Primeros también en servicio activo, sobre las partidas de asignación básica y gastos de representación correspondientes a los Ministros del Despacho.
El sueldo básico del General, referencia sobre el cual se calculan los sueldos de los demás grados es de $3.731.885,10.
Los porcentajes de la escala los encontrarán en el Decreto 673 que se adjunta.
Es importante resaltar para tenerlo en cuenta, que mientras a la Fuerza Pública no le hicieron aumentos reales en sus sueldos, a los Magistrados de Tribunal y otros funcionarios les efectuaron reajustes en la bonificación por compensación según Decreto 670 que se anexa.
También a los Jueces y Fiscales les reajustaron la bonificación de actividad judicial según Decreto 671 que se anexa.
Para decretar los aumentos anteriores se fundamentaron en el desarrollo de la Ley 4ª de 1992, ley que el Gobierno se empeña en desconocer para no efectuar la Nivelación Salarial, en ella ordenada, para los miembros de la Fuerza Pública.
¡Qué tristeza! ¡Qué desconsideración con quienes sostienen a costa de sus vidas la democracia de este País!

Pero como nuestras reclamaciones no pueden ser indefinidas y nosotros tampoco estamos dispuestos a enmarcar las sentencias judiciales falladas a nuestro favor: recuerden esta fecha: 06/05/08/06:00 hrs.

Cordialmente, Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique - Presidente ANALVET

Reconocimiento del 50% de la prima de actividad

Bogotá D.C. Martes 04 de Marzo de 2008

Doctora:
YANETH GIHA TOVAR
Directora de Planeación y Presupuestación del sector Defensa.
Ciudad.

Cordial Saludo:

DERECHO DE PETICIÓN

El suscrito Sargento Primero de Infantería de Marina (R) MIGUEL ANGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA, Identificado con C.C. No 17165834 de Bogotá, como Colombiano en ejercicio, Invocando la Constitución Política de 1991 Artículos 13, 20, 23,73, 74, Código Contencioso Administrativo.

Solicitud aclaración al confuso Oficio No. 4386 MDNVEPDPPSDGPP-34 del 24 de Enero.
En la respuesta dada a los diferentes peticionarios y al suscrito informa que esta adelantando los cálculos presupuestales para el reconocimiento del 50% de la prima de actividad para el personal de Activos de la Sanidad Militar, Justicia Penal Militar, Soldados profesionales, Nivel ejecutivo de la Policía Nacional Revisadas las respuestas es sorprendente que desconoce el pago de la prima de actividad al Personal Civil Pensionado de las FFMM y Policía Nacional que no son inválidos y menos tiene en cuenta los Soldados regulares que ponen el pecho a las balas de la injusta guerra que se libra.

Manifiesta en su oficio que en el consejo comunal se tomara la decisión de decretar o no el pago, el señor Ministro de Defensa Nacional mucho antes del Consejo Comunal del 21 de julio de 2007 se le escucho en los diferentes noticieros y medios de comunicación que el reconocimiento de la prima de actividad incluía a las reservas activas de la Fuerza Pública para nivelarla al 50%, como se encuentran los activos y para el personal Civil activo y pensionados, en el consejo se ratifico y dijo públicamente que el Decreto ya estaba Firmado y sigue la burla. El señor Presidente el 21 de julio de 2007 ordeno un nuevo Consejo Comunal para el Mes de Noviembre del m ismo año y hasta el momento no sabemos la fecha. Usted brilló por su ausencia en las reuniones con la comisión salarial celebradas en los Ministerios de Defensa Nacional, del Interior y de Justicia y Hacienda y Crédito Público el 16 y 30 de Enero de 2008 respectivamente.

En cuanto al Club hoy Circulo de Suboficiales de las FFMM (CSFM) informa que es delegada del señor viceministro para la estrategia y planeación delegada o representante cumple funciones de servidor público en una entidad privada, en el periódico Trilogía del Club No.14 y 15 de 2007 a enero de 2008 pagina 2ª informan que es representante del Ministerio de Defensa Nacional y que integra la Junta Directiva ¿quien tiene la razón? Doctora, GIHA TOVAR de acuerdo a su concepto el Teniente Coronel, los tres Suboficiales en actividad y el retirado también son delegados, ninguno tiene voz ni voto la Junta directiva es únicamente el señor Mayor General, no aclara cuanto paga mensualmente de aportes al CSFM.

De acuerdo al decreto 1083 de 1987 artículos 6º, y 20, Los recursos económicos son descontados del salario a los Suboficiales de las FFMM activos y retirados, la invito muy respetuosamente a una profunda lectura ya que el señor Director del CSFM en el oficio 0325 CSFM-DG-OJ, de Diciembre 12 de 2007 dirigido a ASOPROCLUB informa que los recursos que emplea son privados, si usted analiza el oficio y el decreto el flamante director cambia los estatutos para su conveniencia en el Articulo 2º abolió las palabras “Sin animo de lucro”, “dando por haciendo” y “a por en lo”.
Un servidor público eficaz, eficiente y transparente que trabaja en el MINDEFENSA por competencia traslada a las respectivas dependencias y da cumplimiento al petitorio, hizo lo de Poncio Pilatos se espera la documentación requerida en el derecho de petición anterior en forma inmediata.

Agradezco a usted responder mi solicitud en los términos que la Ley establece a la siguiente dirección: Calle 66B No. 120- 15 Barrio las Palmas Localidad 10 de Engativá Teléfono: 2279185 - cel: 3115512604 E- mail: spimleguizamon@gmail.com

Atentamente,

MIGUEL ÁNGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA.

C.C. a las reservas de las FFAA, personal civil pensionado del Mindefensa, Polinal y Medios de Comunicación Nacional .
Anexo: Fotocopia del oficio 0325 CSFM-DG-OJ. Del 12 de Diciembre de 2007decreto 1083 el Campanazo No. 37,38

LA LUCHA ES PERMANENTE Y DE CORAZON

Bogotá D.C. Martes 04 de Marzo de 2008

Doctor
ALVARO URIBE VELEZ
Presidente de la República de Colombia
Ciudad.
Cordial Saludo.

Oficina Secretaria Privada de Comunicaciones favor entregar personalmente y en las manos del
Señor Presidente.

El suscrito Sargento Primero de Infantería de Marina ® MIGUEL ÁNGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA, como Secretario Comunitario de la Federación Comunal de Juntas de Bogotá, y Ciudadano Colombiano en ejercicio, es mi obligación Denunciar ante la primera autoridad del País las Irregularidades que practican algunos servidores públicos, las cuales expongo a continuación:

1. A su despacho he enviado desde el año 2003 cerca de 12 solicitudes que tiene que ver con la comunidad de las fuerzas armadas y personal civil pensionado; en todas he solicitado que en su gran sabiduría nos firme alguna respuesta y nos conceda una audiencia lo cual ha sido imposible, parece que quienes le hemos servido a la Patria por 25, 30 años o más como SUBOFICIALES, estamos condenados para que el Comandante en Jefe de las FFAA. No Escuche Nuestro Clamor personalmente; siempre nos contestan “El primer Mandatario se excusa de no firmar personalmente esta comunicación, debido a sus múltiples compromisos” estoy seguro que las solicitudes no llegan a sus manos y por eso nuestro gremio es ignorado e irrespetado por los Funcionarios Públicos, en varias oportunidades le he enviado mensajes a su correo y al Fax y nunca hay respuesta al respecto, no entiendo por que los asesores le ocultan las irregularidades que se denuncian y debido a eso se multiplican las mismas.

2. El 11 de Septiembre del 2007 entregue en la oficina de correspondencia del Palacio Presidencial 2 (dos) oficios Dirigidos al señor Presidente de Colombia radicados con los Números EXTO7 – 94977 y EXTO7 – 94978 recibí las respuestas No. 107 – 95111 / AUV 13100 del 14 Septiembre y 107- 95548 / AUV 13100 firmadas por La Doctora CARMIÑA BERROCAL GUERRERO, informa que a mis solicitudes les dio traslado por orden de su Excelencia, al Señor Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Defensa Nacional y no he recibido respuesta del funcionario.

3. Así mismo el 20 de Septiembre del año 2007, radique en el Ministerio de Defensa Nacional Unidad de Gestión General un derecho de petición al Señor General FREDY PADILLA DE LEÓN, Comandante General de las FFMM y hasta la fecha como el anterior funcionario el Señor General no ha dado respuesta, excelentísimo señor Presidente creo en su autoridad y no veo la necesidad de acudir a la TUTELA para que los señores funcionarios públicos cumplan la Carta Magna.

Que autoridad Moral tienen los señores General Comandante General de las FFMM y Viceministro de gestión Institucional del Ministerio de Defensa Nacional para exigirle al personal subalterno el cumplimiento de la misión y la Constitución Política Colombiana si desconocen las peticiones del gremio de Suboficiales de las reservas activas y en especial las del suscrito como ciudadano, que el delito que he cometido es haber vestido el uniforme de la INFANTERIA DE MARINA con verdadera transparencia y haber hablado la verdad en el Consejo Comunal del 21 de Julio de 2007.

Agradezco al doctor ALVARO URIBE VELEZ la atención a la presente, y solicito contestar mi escrito Calle 66 B No. 120-15 Barrio las Palmas, Engativá teléfono: 227 91 85 celular: 311 551 26 04.

Cordialmente,



MIGUEL ÁNGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA
C.C. No. 17.165.834 de Bogotá
Calle 66 B No. 120-15 Barrio las Palmas Engativá, teléfono: 227 91 85 celular: 311 551 26 04


Anexo: 9 folios Copia del petitorio al señor General, oficio 0325 CSFM-DG-OJ. Del 12 de Diciembre de 2007, Club de Suboficiales, y declaración del Doctor GERARDO CARVAJAL DORADO

¡NO MÁS BURLA!

ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA - "ANALVET" - N. I. T: 900154396-7
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¡NO MÁS BURLA!
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Cuando los paramilitares de Itaguí se han puesto rezongones por la inconformidad con algunas medidas carcelarias, el Gobierno ha sido inusitadamente diligente para enviar comisiones integradas por funcionarios de alto nivel con la consigna de calmarlos y atender de inmediato sus inquietudes y requerimientos.
¡Qué suerte la de esos "angelitos"!
En cambio la Fuerza Pública duró casi tres años tratando de concretar un consejo comunal para exponer la grave problemática que ha generado el desconocimiento de sus derechos adquiridos.
No le han bastado al Señor Gobierno para preocuparse, las 94.000 demandas instauradas por los miembros de la Fuerza Pública exigiendo el cumplimiento de leyes, decretos, sentencias y normas que protegen sus legítimos derechos.
El Presidente de la República ordenó un nuevo consejo comunal para el mes de noviembre pasado, pero hasta ahora la orden no se ha cumplido. Quizás, si esa orden hubiera sido para destituir Generales o para acusar a miembros de nuestra Institución, con seguridad habrían sobrado Entes acuciosos que hicieran el mandado.
Con la misma celeridad demostrada por el Mindefensa para respaldar las decisiones del Juez que condenó a nuestros compañeros del caso Jamundí, debería también pronunciarse para acatar las decisiones de las autoridades judiciales que están condenando a la Nación por el incumplimiento de la ley que ordenó la Nivelación Salarial para la Fuerza Pública.
¿Qué pasa con los Comandantes Militares? ¿Será que les habrán prohibido preocuparse por la suerte del personal bajo su mando? ¿O será que todavía no saben que desde 1992 nuestros compañeros activos, retirados y pensionados de los grados de Teniente Coronel hasta Cabo Segundo, están devengando salarios muy por debajo de lo que por ley les corresponde?
El 7 de abril de 2006 en el Coliseo Santa Isabel de Hungría se le solicitó al entonces Presidente-Candidato que interviniera para hacer cumplir la ley 4ª de 1992. Ante un auditorio de 2.000 personas, manifestó que el tema de la Nivelación Salarial para la Fuerza Pública sería estudiado con detenimiento. Y lo ha cumplido. El estudio deberá estar no solo detenido sino secuestrado porque en el Gobierno nadie quiere darle fe de vida.
A cuanta dependencia de Procuraduría existe, se ha denunciado la problemática que afecta a la Fuerza Pública, pero esa Entidad es un verdadero agujero negro. Se pasan los papeles de unas dependencias a otras y al final nadie se atreve a resolver.
El Señor Procurador General, únicamente se manifiesta, cuando de acusar a los miembros de la Fuerza Pública se trata.
El Minhacienda pretende diseñar estrategias con las altas Cortes para tratar de evadir sus responsabilidades con el pago de la nivelación salarial. "No hay plata", es el slogan de su discursito lastimero. Pero en cambio cuando se propuso financiar a los bandidos del ELN para evitar que siguieran secuestrando y asesinando, la plata sí era lo de menos.
Como durante los pasados 15 años hemos tenido la paciencia del Santo Job para esperar a que buenamente el Gobierno cumpla con sus obligaciones, sin resultados hasta ahora, la ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA "ANALVET" declara: !NO MÁS BURLA! y CONVOCA a sus afiliados y a todos los que quieran apoyar esta noble causa del restablecimiento de nuestros legítimos derechos, a las siguientes actividades:

1- MARCHA EL PRIMERO DE MAYO
Lugar de reunión: Torre Colpatria/ Calle 26 con carrera séptima, Bogotá.
Hora: 09:00hrs.

2- CONCENTRACIÓN NACIONAL DE LAS RESERVAS

Día: Próximo 06 de mayo de 2008
Lugar: Ministerio del Interior y de Justicia/Avenida Jiménez con carrera 9
Hora: 06:00hrs. Bogotá

NOTA: Si de la reunión de nuestros voceros con el Mininterior, programada para el próximo 3 de abril, resultan compromisos confiables, suspenderemos la CONCENTRACIÓN.

Cordialmente, Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique - Presidente ANALVET

Temas mesa de trabajo CREMIL

Re: Temas mesa de trabajo CREMIL
De: Rosa María Llovera Terradas (
rosamllovera@yahoo.com)
Enviado: sábado, 08 de marzo de 2008 04:23:45 p.m.
Para: Alfonso Fierro (
analvetcolombia@gmail.com)
Mi apreciado Capitán Fierro, cómo lo molesto!, ayer le envié un correo sobre las votaciones en CREMIL, leyendo estas inquietudes, creo que una manera de hacerla valer es buscando a nuestro representante en esa Junta Directiva, a lo mejor no hace mucho, pero si hace parte de los procedimientos, acudir a él no está de más. Por eso creo que vale la pena elegir a quien consideremos que nos pueda representar dignamente.
Un abrazo
Rosam
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Alfonso Fierro escribió:
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ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA
"ANALVET" - N. I. T: 900154396-7

Bogotá, Febrero 5 de 2008
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Señor Mayor General
RODLFO TORRADO QUINTERO
Director Caja de Retiro de las Fuerzas Militares
Att. Oficina Asesora de Planeación
L. C.
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Estimado Señor Director: Cordial saludo.
Anexo nos permitimos relacionar los temas que ANALVET considera deben ser tratados en la reunión de trabajo programada para el próximo 09 de abril de 2008:
1- Reforma de la Misión de la Entidad.
2- Avances logrados en el restablecimiento de los siguientes derechos salariales:
a- Nivelación Salarial ordenada en la Ley 4ª de 1992.
b- Reliquidación de asignaciones de retiro por IPC
c- Aplicación del Principio de Oscilación a la Prima de Actividad.
En cuanto a la Misión de la Entidad, hemos encontrado que ha sido modificada ligeramente desde la última rendición de cuentas agregando la frase "cuando se consolide el derecho". Creemos que dicha frase está sobrando porque es obvio que ninguna Entidad ni pública ni privada está en la obligación de reconocer y pagar algo si no existe un legítimo derecho por parte del solicitante.
ANALVET propone que en adelante dicha Misión quede de la siguiente manera:
MISIÓN Reconocer y pagar las asignaciones de retiro, de acuerdo con el principio de oscilación, al personal de las Fuerzas Militares y la sustitución pensional a sus beneficiarios; contribuir al desarrollo de las políticas y los planes generales que en materia de seguridad social adopte el Gobierno Nacional, y adelantar programas de bienestar social en favor de sus afiliados, en un ambiente de mejoramiento continuo.
…………………..
La importancia de agregar la frase "de acuerdo con el principio de oscilación" es asegurar que la Entidad pueda modificar las asignaciones de retiro cada vez que se produzcan variaciones en los sueldos del personal en servicio activo, sin que los beneficiarios tengan que recurrir a estrados judiciales para hacer cumplir la norma.
El Principio de Oscilación es la única norma vinculante en materia salarial con nuestros compañeros en servicio activo, que impide al Gobierno aumentar por conveniencia los sueldos de ellos sin considerar esos mismos aumentos en nuestras asignaciones de retiro.

Cordialmente, Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique - Presidente ANALVET
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