22.6.08

ATRAPADOS SIN SALIDA

From: Alfonso Fierro <analvetcolombia@gmail.com>
Date: 15-jun-2008 7:24
Subject: ATRAPADOS SIN SALIDA
To: gonzalo ordoñez <Gonzaordo@hotmail.com>

ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA - "ANALVET" - N. I. T: 900154396-7

ATRAPADOS SIN SALIDA

Así se encuentran los funcionarios de la Caja de Retiro ante las presiones que ANALVET está realizando para que cumplan estrictamente y dentro de los términos establecidos, dos sentencias que ordenan específicamente el reajuste de las asignaciones de retiro a los demandantes.

Como la Entidad se ha negado a cumplir en el pasado los fallos judiciales tal y como han sido proferidos, cometiendo a todas luces el delito de FRAUDE A RESOLUCIÓN JUDICIAL, esta vez estaremos vigilantes para no permitir que se vulnere el Estado de Derecho en detrimento de quienes han logrado a través de largos procesos judiciales legítimos reconocimientos.

Si la Caja cumple estas dos sentencias, desaparecerá el muro de contención que durante largos años ha impedido que se cumpla la Nivelación Salarial ordenada en la Ley 4ª de 1992.

El Gobierno se ha desentendido de cumplir con sus obligaciones porque la Caja le ha venido haciendo el juego al desconocer los mandatos judiciales, pero cuando sepa que ya no puede contar más con su "pararrayos" oficial para desconocer nuestros derechos, se verá obligado a buscar soluciones.

Los funcionarios de Cremil que proyectan las resoluciones para el cumplimiento de las sentencias, (algunos ya denunciados), no pueden seguir alegremente distorsionando los fallos proferidos para acomodarlos a los intereses del Gobierno, a sabiendas de estar cometiendo delitos contemplados en el código penal.

Definitivamente, si la Caja cumple como debe ser estas primeras sentencias, el camino de nuestra Nivelación Salarial que favorece a los grados de Teniente Coronel hacia abajo, quedará allanado a las conciliaciones pues no tendrá sentido para el Gobierno seguir esperando sentencias condenatorias que le lloverán por miles.

Esperamos que el Señor Director de Cremil comprenda que la organización bajo su mando no puede seguir delinquiendo para perjudicar los intereses de sus afiliados.

Anexo, para que Uds. juzguen, los fallos que tienen atrapados y sin salida a los funcionarios de la Cremil. Esta vez cumplen o cumplen, porque estaremos vigilantes. Los términos están corriendo.

Cordialmente, Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique - Presidente ANALVET

e-mail: analvetcolombia@gmail.com

Cel. 310-7091485

Sentencia Capitán Gonzalo Ordóñez Serrano

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE BOLÍVAR

FALLA:

1- Declárase la nulidad de la decisión tomada mediante Oficio Cremil 64061 de Octubre 7 de 2005 proferido por la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, por medio del cual se niega el derecho al cómputo de la Prima de Actualización, la RE LIQUIDACIÓN y su correspondiente reajuste.
.
2- Como consecuencia de lo anterior, condénase a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares a reconocer el cómputo de la Prima de Actualización, la reliquidación y el respectivo ajuste de la asignación de retiro, con base en los decretos 335 de 1992, 25 de 1993, 65 de 1994 y 133 de 1995. De manera que se reajuste con ella su asignación de retiro.


Magistrado JAVIER ORTIZ DEL VALLE
Magistrada ELVIRA PACHECO ORTIZ
Magistrada NORA JIMÉNEZ MÉNDEZ

Sentencia Suboficial Jefe Juan Zambrano Valdéz

JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE BOLÍVAR

PRIMERO: Declárese la nulidad del oficio CREMIL 98927 de enero 19 de 2006, proferidos por la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares, por los cuales se negó al señor JUAN ZAMBRANO VALDÉZ, el reconocimiento y pago de la prima de actualización a que este tenía derecho como Suboficial Jefe Técnico ® de la Armada Nacional.

SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, condénese a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares a reconocer y pagar al demandante la prima de actualización establecida en los decretos 25 de 1993, 65 de 1994 y 133 de 1995, desde el primero (1) de Enero de 1993 hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 1995.

TERCERO: Ordénese a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares a que reajuste la asignación de retiro del señor JUAN ZAMBRANO VALDÉZ, a partir del 1º de enero de 1996, con el cómputo de la prima de actualización que en esta sentencia se reconoce.

Las anteriores condenas serán reajustadas y actualizadas en los términos del art. 178 del C.CA., para lo cual…

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE.


ARTURO MATSON CARBALLO
JUEZ

ISBETH RAMÍREZ GÓMEZ
SECRETARIA

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