29.3.07

¡ EL CAMPANAZO !

Marzo 25 de 2007
EN GRAN ALIANZA MULTIPLIQUEMOS EL BOLETIN No. 27 PARA TODOS NUESTROS COMPATRIOTAS ABRAZOS DE GRATITUD Y BENDICIONES.

FUNDADO: Enero de 2005 Bogotá D.C. SP de Infantería de Marina MIGUEL ÁNGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA Gracias a DIOS y a ustedes que me dan el Don de luchar por el respeto de nuestros derechos, esperamos su correo electrónico.
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Reconocimiento a los Congresistas Oscar Fernando Bravo R, Idio Arturo García T, Jairo Clopatofsky y Manuel Ramiro V. el apoyo para aprobar el proyecto ley 169/05 Senado 249/05 Cámara. Diario Oficial No. 46.481 del 13 de Diciembre 2006, ley 1104 Jerarquía y equivalencia de la antigua identidad de los grados de Oficiales y Suboficiales de la Infantería de Marina “LA VOLUNTAD TODO LO SUPERA”.

Le recordamos a la fuerza pública con asignación de retiro y pensionados que el Tribunal al producir el FALLO, ordenando el pago de la Ley 4ª. de 1992 expide 03 copias originales de la sentencia distribuidas así: una para los directores de CREMIL o CASUR, una para el Procurador Delegado y la Tercera para el Oficial, Suboficial o Agente de la Policía demandante, que presta merito ejecutivo para la defensa y demanda de la Reliquidación y reajuste salarial si los Abogados les niegan la entrega denúncienlos ante El Consejo Superior de la Judicatura.

Febrero 26 el Gobierno Nacional destina 8 Billones de pesos para: 4 comprar equipos, aumentar el personal en 38.000 jóvenes que verán ingratitudes y salarios deficientes esperamos que el MINDEFENSA, ordene que de este presupuesto nos paguen la ley 4 de 1992, Nivelación salarial vulnerada a los Activos y Retirados, hasta la fecha.

Febrero 28 reunión de las Unidades Simbólicas en el CSFM. Algunos dirigentes y un SV EJC ® dizque futuro concejal de Bogotá, le pidieron ilustración a un General, ¿Que estrategia van a seguir para callar a los Suboficiales que escribimos para la comunidad? Les damos la respuesta; estudien la Constitución Política artículos 4, 13, 17, 20,23,25,37,39, 40, 73, Y 74 la Ley 850 de 2003 veeduría ciudadana, ¿porque tanto temor?, ¿a caso se sienten en la CARCEL DE LA PICOTA?, informen públicamente cuantos Millones de pesos gastaron para fotocopiar y distribuir la carta abierta en Diciembre, los argumentos del Ministro de Defensa, la Junta Directiva, el Director y Subdirector de nuestro CLUB para incluirlo en el “Holding” de las 18 empresas, por que desconocieron a los 50.000 Suboficiales activos y retirados que pagamos aportes. Los Invito públicamente a ustedes y al Subdirector SM Velásquez Alberdi, a debates Públicos, con la presencia de la Procuraduría General y la Contraloría y le informemos al Gremio nuestras actividades morales y profesionales en los cargos en servicio activo y en retiro.

08 de Marzo Audiencia en la Procuraduría General de la Nación desde las 10 de la Mañana hasta las 17::00 horas, con la Señora Procuradora Delegada para las FFMM, nos recibió queja por el Incumplimiento al pago de la ley 4ª. de 1992 por el Gobierno Nacional y Directores Cajas CREMIL y CASUR, Asistencia de los señores CC Juan Alfonso Fierro Manrique, Luís Eduardo Zambrano y Miguel Ángel Leguizamon Orjuela.

9 de Marzo Las IRONIAS contra activos y retirados de la Fuerza Pública gran escándalo Nacional e Internacional por un cuadro de 400 Millones de Pesos sustraído de la Casa de Nariño por un Suboficial; el Gobierno Nacional, los Directores de CREMIL y CASUR no se escandalizan por la posible perdida de 244.000 Millones de pesos asignados según el diario oficial No. 40.451 y 40.711 Ley 4ª de 1992 Nivelación salarial y Decreto No. 25 Enero 7 de 1993 Articulo 29 pagina 46, tienen razón en las respuestas que dan, que la nivelación salarial esta soportada en el plan quinquenal, lo extraño es que no dicen con que dineros pagaron ¿Por qué no figuran en los desprendibles los pagos?

14 de Marzo Audiencia en la Procuraduría General de la Nación con el Señor Procurador Laboral, recibió queja incumplimiento Ley 4 de 1992 asistencia CC Juan Alfonso Fierro Manrique, FAC Benedicto Cárdenas, PONAL Jhon Álvaro Velasco Acosta, EJC Juan Evangelista Sandoval, Miguel Ángel Leguizamon Orjuela y El CAMPANAZO.

14 de Marzo reunión de Directivos de las Agremiaciones Militares con el MG ® Rodolfo Torrado Quintero, a llorarle les autorice el Código de descuentos, de pronto para seguir disfrutando de los agasajos a costillas de los Asociados, ojala le hayan exigido al “Magnate Director”, cumpla los fallos del consejo de estado Ley 4 de 1992, nivelación y reajuste salarial y anule la prohibición vigente de utilizar los baños de la galería para las necesidades fisiológicas, según oficio No. 79962 que le envió ASUSALUD, Presidenta que apoya la vulneración de derechos a los afiliados, a CREMIL y desprestigia al SV Hernando Basto Gómez, con oficios Calumniosos, Presidenta que pasa con los dineros de los 3 días vacacionales del personal civil, que se comprometió hacerlos reintegrar descontados desde1975 por que no cumple la ley rendición anual de cuentas renuncie al cargo usted no puede ser Juez y Parte. Recojamos firmas y solicitemos al Alcalde Mayor, nos instale Baños Públicos en la Caja los días de pago, Las Reservas de la Fuerza Pública, Pensionados del Mindefensa y Polinal, no necesitamos de Asociaciones, ni Cooperativas, para reclamar nuestros derechos, no alimentemos con nuestras cuotas mensuales a dirigentes hipócritas y desconsiderados, que disfrutan de agasajos, viajes, viáticos y pago de personal innecesario.

22 de Enero de 2007 petición a la Doctora. DILIAN FRANCISCA TORO, Presidenta Senado de la República Motivo LEY 4ª. de 1992.

Solicitando aclaración los motivos que tiene el Congreso de la República, el Gobierno Nacional y los Directores de CREMIL Y CASUR desde 1992, MG ® Rodolfo Torrado Quintero y CO ® Luís Enrique Herrera Enciso, hasta la fecha han desconocido la Ley 4ª, de 1992 Nivelación e Indexación Salarial, que tenemos Derecho los miembros de la Fuerza Pública Activos y Retirados, Agentes, Cabo Segundo hasta Teniente Coronel, así mismo se ha discriminado a los Soldados y al personal civil pensionado al servicio de las FFMM y Policía Nacional.

Y como siempre nos asestan la puñalada trapera. Ver respuesta.
Transcripción respuesta: a petición del 22 de Enero Bogotá, 26 de enero de 2007 Senado de la República.

Señor

MIGUEL ANGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA.

SECRETARIO DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA FEDERACIÓN COMUNAL DE JUNTAS DE BOGOTÁ
Calle 66 B No. 120-15 B/ Las Palmas Engativá localidad 10 Tel: 2279185 – 3115512604

Ref: Petición No. Interno 1125 – Presidencia

Cordial saludo,
Hemos recibido su comunicación y sobre la misma ha procedido esta Presidencia del Senado de la República a remitir a las Cajas de la Policía Nacional y de las Fuerzas Militares con copia al Ministerio de Defensa; con el fin de que conozcan su denuncia y se pronuncien sobre el caso.

Atentamente,

Firma: REYNALDO MENDEZ CONSTAIN
Secretario Privado Presidencia del Senado de la República Proyecto y reviso: MHC.

Para tener en cuenta Suenan las CAMPANAS Martes 1º, de Mayo día Internacional del Trabajo asistamos con Pancartas, Pendones, Banderas, camisetas blancas a la gran movilización por el respeto a los derechos Humanos de la Fuerza Pública, pensionados y activos del Mindefensa, Polinal Reservistas, Discapacitados y familiares de los SECUESTRADOS con el apoyo de la Confederación General del Trabajo CGT, la Federación de Trabajadores Colombianos FETRABOC, la Asociación Nacional de Veteranos ANALVET, La Voz del Veedor y EL CAMPANAZO.

1-2 y 3 CONTUNDENTE La Señora periodista CLAUDIA HOYOS Candidata a la ALCALDÍA DE CARTAGENA cuente con nuestro apoyo desde la Ciudad de Bogotá Felicitaciones veremos nuestra ciudad Heroica, sin discriminación social y la ñapa, con EL CAMPANAZO mensual.


SP de Infantería de Marina ® MIGUEL ÁNGEL LEGUIZAMÓN ORJUELA
Secretario Comunitario Federación Comunal de Juntas de Bogotá Calle 66 No. 120 – 15 las Palmas Engativá Teléfono 2279185 - 5941360 - Cel. 3115512604 Email:
spimleguizamon@gmail.com

27.3.07

Pronunciamientos del Senador Manuel Virguez

En la pagina web
www.manuelvirguez.com se podran encontrar los diferentes pronunciamientos que ha efectuado el Senador Manuel Virguez.
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Y en este viculo hay un saludo a las Fuerzas Militares de Colombia http://www.manuelvirguez.com/section_04_02.php

El desmonte del Servicio Militar obligatorio


El desmonte del servicio militar obligatorio que prometió el propio Presidente Álvaro Uribe Vélez, durante su primer mandato, parece abrirse camino para bien de muchos de nuestros compatriotas que hoy por el hecho de no tener definida su situación militar y no poder contar con la tarjeta militar, no han podido acceder a un trabajo formal, o en el peor de los casos, siguen engrosando las numerosas filas de desempleados y desocupados en todo el territorio nacional.


El hecho de que esa iniciativa liderada por el Movimiento MIRA en el Congreso, haya sido propuesta para el texto del Plan Nacional de Desarrollo que definirán las plenarias tanto en el Senado como en la Cámara, es un gran adelanto y esperamos que en unos pocos días quede consagrado el artículo que permita el desmonte del servicio militar obligatorio que hoy es la causa de algunos inconvenientes en todas las instituciones militares.


La propuesta de nuestro Movimiento que avanzó en las comisiones económicas, precisa que será a través de un acto legislativo liderado por el Ministerio de Defensa que podrá desmontarse el servicio militar obligatorio.


Además se plantea que ese servicio militar pase a ser un servicio voluntario en el que sólo se recluten hombres con edades entre los 18 y 25 años como máximo, quienes recibirán una remuneración justa y que garantice el cubrimiento de todas sus necesidades durante el tiempo que estén comprometidos con instrucción y la defensa del Estado.


Nosotros consideramos conveniente el desmonte del servicio militar obligatorio primero, porque es una compromiso adquirido el Presidente Álvaro Uribe desde su primer mandato y porque una decisión en tal sentido, igual ayudaría a disminuir la violación de los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, por parte de efectivos que terminan decidiendo equivocadamente porque en lugar de estar comprometidos con sus actividades, se sienten obligados a realizarlas.


Nosotros entendemos que el mencionado desmonte también servirá para depurar las filas, mantener la disciplina y reducir las deserciones y los delitos que se presentan actualmente en todas las instituciones militares.


Adicionalmente creemos que la política de consolidación de la seguridad democrática y el fortalecimiento de las capacidades en el sector Defensa y Seguridad, exigen profesionales que voluntariamente vayan a cumplir un servicio militar revestidos de una gran capacidad intelectual y una mística institucional que les permita afrontar y combatir todos los graves flagelos que genera la delincuencia en nuestra sociedad.


Por todo lo anterior miramos con confianza el desenlace del Plan Nacional de Desarrollo en las plenarias del Congreso, pues de consagrarse el desmonte del servicio militar obligatorio, estaremos apoyando la formación de nuevos hombres que voluntariamente ingresan a un servicio, verdaderamente comprometidos con el Estado y con la misión de garantizar y hacer parte de su seguridad.

26.3.07

Inconformidad en la Fuerza Pública

El siguiente articulo fue publicado en www.juridicaaldia.com
Por: Capitán Juan Alfonso Fierro - alfierrom@yahoo.com

Como un hecho de impredecibles consecuencias se debe registrar la inconformidad latente de la Fuerza Pública por el incumplimiento de la ley que desde hace 15 años ordenó una Nivelación Salarial para disminuir las diferencias existentes entre los distintos grados.


El resumen de la problemática que afecta a estos servidores del Estado y que podría llamarse "historia de una burla", es el siguiente: La Ley 4ª de 1992 ordenó una nivelación salarial para activos, retirados y pensionados de la Fuerza Pública con el fin de hacer más equitativas las diferencias salariales existentes entre los distintos grados.

En cumplimiento de esa Ley y en aras de efectuar una nivelación gradual, el Gobierno estableció como mecanismo idóneo una Prima de Actualización consistente en porcentajes sobre la asignación básica que debían computarse entre los años 1992-1993-1994 y 1995 con el fin de consolidar a partir de 1996 una Escala Gradual Porcentual única para la Fuerza Pública.

Durante esos años el Gobierno pagó a los Activos la Prima de Actualización como una simple bonificación sin carácter salarial y excluyó de sus beneficios a todos los Retirados antes de 1992, violando el Principio de Oscilación que establece:"Las asignaciones de retiro y las pensiones de que trata el presente Decreto se liquidarán tomando en cuenta las variaciones que en todo tiempo se introduzcan en las asignaciones de actividad para cada grado y de conformidad con lo dispuesto en el art. 158 de este decreto".

En 1996 el Gobierno estableció una escala porcentual que no incorporó los valores de los porcentajes establecidos en los decretos reglamentarios de la Prima de Actualización, desconociendo por lo tanto derechos adquiridos y violando flagrantemente la Ley 4ª que específicamente ordenaba: "En ningún caso se podrán desmejorar sus salarios y prestaciones sociales.

En 1997 el Consejo de Estado declaró la nulidad de las expresiones "QUE LA DEVENGUE EN SERVICIO ACTIVO" y "RECONOCIMIENTO DE" del parágrafo del artículo 28 de los Decretos 25 de 1993 y 65 de 1994, y del artículo 29 del Decreto 133 de 1995, restableciendo de esta manera el derecho de los Retirados a reclamar la Prima de Actualización. Luego de la nulidad el parágrafo quedó así: "el personal tendrá derecho a que se le compute para asignación de retiro, pensión y demás prestaciones sociales" (La Prima de Actualización)


Como el Gobierno no incorporó en la Escala Gradual Porcentual los valores de los porcentajes de la Prima de Actualización, es claro que no efectuó nivelación alguna y por lo tanto incumplió abiertamente la Ley 4ª de 1992. ¿Acaso pretendía el Gobierno efectuar una nivelación salarial para Activos y Retirados excluyendo a estos últimos del mecanismo creado para tal fin y fuera de eso sin modificar, con los valores de la Prima, la base prestacional de los distintos grados?


Quince (15) años lleva esperando la Fuerza Pública el cumplimiento de la ley que ordenó su Nivelación Salarial y ahora, cuando la paciencia se agota, sale diciendo el Primer Mandatario que: "El tema de la Nivelación Salarial para la Fuerza Pública será estudiado con detenimiento".


¡Por Dios! ¿Qué tal el balsamito? ¿Será que en Colombia el Ejecutivo ya no está obligado a cumplir sin vacilaciones y sin estudios con "detenimiento" las leyes expedidas por el Congreso de la República? ¿Será que en Colombia el Ejecutivo ya no está obligado a cumplir las sentencias proferidas por las autoridades judiciales que en múltiples ocasiones han ordenado restablecer los derechos de los miembros de la Fuerza Pública?

9.3.07

DEMANDA - PRIMA DE ACTUALIZACIÓN - OTROS DATOS

¡¡¡ PILAS ACORADOS !!!

El mes pasado logramos reunir en Bucaramanga a los mas destacados panelistas de Colombia, para que nos trataran los temas de la Prima de Actualización y Nivelación Salarial – Cap. Alfonso Fierro Manrique, El IPC y la Bonificación por Compensación – CR Álvaro Rueda Celis y la Prima de Actividad – Abog. Miguel Antonio Navarrete; evento al cual concurrieron más de 250 miembros de la Fuerza Publica – Reserva Activa. Y por fin logramos entender que era todo ese merequetengue de las demandas, qué es lo que se nos adeuda y el porque CREMIL continua luchando obstinadamente en no cancelarnos lo ordenado por las leyes de la Republica o el porque no hace los tramites respectivos para ayudar a sus afiliados para hacer estos procedimientos mas expeditos.

Dentro de las muchas conclusiones se estableció que por medio de un boletín electrónico, pudiéramos tener a todos los miembros de la Fuerza Pública enterados de lo que pasa alrededor de estos temas, la página ya fue creada y está en la dirección www.acoresantander.blogspot.com, si desean conocer mas en profundidad los temas anteriormente mencionados pueden obtener información en este sitio Web.

Una de las conferencias más interesantes fue la de la Prima de Actualización y nos aclaró bastantes dudas, que deseo igualmente ustedes la conozcan más en profundidad para que si quieren puedan reclamar unos $$$$ que les adeudan, y palabras más palabras menos fue lo siguiente:

Si usted se encuentra entre los muchos ACORADOS que le dieron unos dineros a un abogado para que le gestionara el pago de la PRIMA DE ACTUALIZACIÓN y después de mucha espera le dieron un dinerito, pero no era tanto como esperaba y fuera de eso no le dieron tramite a la RELIQUIDACIÓN tal y como se había acordado (por que CREMIL paga lo que desea y no lo ordenado por ley); O está entre los que esperaron a ver que pasaba con los que iniciaron este tramite y en vista de que sí salio platica, desea ahora si iniciar el tramite; O está entre los que se retiraron hace poco y no sabe nada de este asunto y desea enterarse de eso que tanto se habla en estos días; pues por medio de este sencillo documento intentaremos aclarar que debe usted hacer, por que sino de pronto un pícaro puede estar haciendo de las suyas con una platica que usted se la gano con el sudor de muchos años de servicio a la Patria:

Primer caso Iniciaron tramites y al final no salió la cantidad de dinero que usted esperaba.
Que paso?..... Pues que usted muy seguramente le dio un poder a un abogado para pedir estos dineros de la PRIMA DE ACTUALIZACIÓN, de la misma forma este abogado le pidió unos $ 150.000 mas o menos y pactaron que se pagaría un porcentaje de un 15 o 20% de lo que saliera al final del proceso y después de esperar unos 5 o 6 años resulta que le liquidaron mucho menos de lo que muy seguramente recibió otro oficial de su mismo rango y tiempo de servicio, y usted se pregunta ¿aja y que pasa aquí? A lo cual usted le interroga a su abogado y el muy orondo le responderá “yo no se nada, eso fue lo que le liquidaron en la Caja de Retiro y yo por mi derecha cojo mi 20%, ha! y se me olvidaba también le cojo otros $ 600.000 que fue lo que me gaste adicionalmente en tramites y adiós”. Usted le pregunta pero por que me saca mas dinero si eso no se pacto inicialmente, él nuevamente le dirá “el vivo vive del bobo y el bobo de su bobada, chao”.

Usted se queda pensando ¡uy me tumbaron¡, pero bueno ya estoy viejo y no vale la pena pelear, que Dios lo castigue y le pregunta nuevamente al abogado oiga y lo de la RELIQUIDACIÓN que?, este le responderá muy seguramente: si quiere iniciamos otro proceso, pero ya las condiciones son otras, yo ya cobro el 30% (y pensará este abogado…. y al final ya no le saco $ 600.000 a este viejo si no una tajada mas grande). Ahí usted debe decidir si quiere seguir dejándose tumbar o busca unos buenos servicios, profesionales, honestos, que demuestren veracidad en todos sus actos, que usted pueda comprobar con otros miembros de las FF.MM que si son de verdad serios y responsables.

Pero la cosa con este abogado pícaro no ha parado aun, ya que muy seguramente él a usted no le hizo entrega de dos documentos importantísimos: el primero LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE SU CIUDAD EN EL QUE SE LE ORDENO A LA CAJA A PAGAR ESTOS DINEROS A USTED ojo el original, no una copia, por que el original es el que presta merito ejecutivo, que es esto?, pues es que este documento es el que sirve para reclamar la RELIQUIDACIÓN y los otros dineros que no cobro su anterior abogado de lo del resto de la prima de actualización (que puede ser en algunos casos algo mas de cien millones de pesos), ahora comience a preguntarse por que el abogado no le hizo entrega de ese documento tan importante?, que será lo que hay detrás de esto?, serán muchos $$$$$. Bueno después de haberlos dejado pensar un poco, miren que esos abogados tampoco le hicieron entrega a ustedes de otro documento el PAZ Y SALVO, con el cual se certifica que ya se acabo todo el negocio con ellos, ahora piense nuevamente él por que ellos no entregan este documento?, será que ellos premeditadamente saben que hay mas dinero de por medio y no solicitaron todo lo que se debía a la Caja de Retiro y hay algo raro entre manos? PILAS ACORADOS hay algo que no huele bien.

Usted que esta esperando para reclamar estos documentos si son suyos y de nadie mas, ¿que pasa no sabia?, pues ahora ya sabe, así que póngase a trabajar, por que sino algunos avivatos nos quitaran lo que nos pertenece $$$. Pero la pregunta es ¿y que hacemos oriéntenme por favor?, bueno pues aquí vamos.

Después de haber hablado con la Fiscalía y la Procuraduría de Santander, sobre el tema de que los abogados no nos querían devolver los documentos nos recomendaron el siguiente procedimiento: PRIMERO Se debe solicitar por escrito y en correo certificado ojala en dos oportunidades (con una separación de unos quince días entre la una y la otra) la entrega de estos documentos y decirle expresamente de que en caso de que no los desee devolver informe los motivos que amerita la negación a tal petición. Muy seguramente ellos no responderán nada, y entonces viene la SEGUNDA parte, que consiste en poner la denuncia ante EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA en forma individual para que ellos le llamen la atención a este Abogado y por presión entregue los documentos ya que si no lo hace muy seguramente le suspenderán su licencia o en el mejor de los casos le impondrán una sanción. Vale la pena contarle que este procedimiento ya ha dado resultados y están devolviendo los documentos con prontitud; pero solamente a los que los denuncian, ¿que picaros tan grandes no?.

En caso de que todo lo anterior falle toca denunciarlo ante la Fiscalia (ojala varios a los que le pase el mismo problema) y solicitar a la Dirección de Fiscalias de su región la unificación de investigación en cabeza de un Fiscal ya que todos estamos hablando de los mismos delitos; cuales delitos han cometido los abogados, pues: Infidelidad en los deberes profesionales, Abuso de confianza y Falsedad por ocultamiento de documento publico, después de haber culminado esto, se debe hacer la solicitud ante la Procuraduría para que se efectúe una vigilancia especial al caso, teniendo en cuenta que no es una ni dos personas sino mas de veinte. Así que como se han dado cuenta hay bastante por hacer, entonces retomando el tema…..

Muy seguramente usted este pensando en este momento en comunicarse telefónicamente con su anterior abogado a pedirle estos documentos por las buenas, le recomendamos no pierda el tiempo ya que ellos cínicamente le responderán que no lo harán, o le sacaran infinitas disculpas con el fin de hacer que el tiempo pase. Así que lo mejor es hacer esta solicitud por escrito y en correo certificado para cuando se haga la denuncia al Consejo Superior de la Judicatura y a la Fiscalia como se dijo anteriormente se tenga los documentos que soportan la infinidad de veces que se le ha hecho la solicitud a los abogados y estos no quieren dar la cara; ese día que se ponga la denuncia en la Fiscalia igualmente debe llevar copia de todos los documentos que se cursaron con su abogado durante estos cinco o seis años, aunque como casi no hicieron nada ellos pues los documentos deben ser muy pocos.

La pregunta es ¿bueno y mientras esos picaros nos devuelven los documentos que podemos hacer?, pues ahora si consígase un buen abogado que le tramite los dineros que de verdad se le adeudan; hablé con sus compañeros a ver si le recomiendan alguno y usted vera si esta persona es de su confianza con base en lo ya mencionado. Y que documentos debe presentar?, pues para reiniciar el proceso consígase una fotocopia de LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE SU CIUDAD EN EL QUE SE LE ORDENO A LA CAJA A PAGAR ESTOS DINEROS A USTED, mientras se consigue el original, también una fotocopia de la resolución en la cual se ordena el reconocimiento y pago de asignación de retiro, que muy seguramente esta en sus archivos. Con esto se pone en contacto con el abogado y le manda los documentos y a vuelta de correo él le envía un poder (léalo bien), para así ya dar comienzo a toda la tramitomanía y recuerde pactar bien los pagos, porcentajes y formas en que periódicamente se le entregará información, así como tener a la mano los teléfonos de estos y si usted nota que no le pasan al teléfono comience a sospechar “hay algo que huele mal detrás”.

Bueno de aquí en adelante muy seguramente en ACORE habrá siempre alguien presto a colaborarle en caso de alguna duda.

Segundo caso Se Iniciaron tramites hace tiempo pero no ha salido el dinero.
Como el trámite ya lleva bastantes años de iniciado usted debe dejar que ya este culmine y salga el dinero que su abogado logre sacar, el tiempo que resta tal vez ya será algo menos de un año si el abogado presiona, si no puede durar bastantico. Pero deberá tener en cuenta lo siguiente:

Como ya vimos en el caso anterior usted debe estar pilas, por que estos avivatos muy seguramente estarán intentando hacerle básicamente las mismas tres cosas del caso anterior, que consisten en: No entregarle el original del tribunal de su ciudad en la que ordena el pago, No entregarle el paz y salvo y tercero cuando salga el dinero tumbarle algo así como unos seiscientos mil pesos mas. Así que como “soldado avisado no muere en guerra”, mire a ver si se deja tumbar.

Ahora si usted ve que el abogado ya hace bastante tiempo que no le da ningún informe y aprecia que esto nada que avanza, si usted no tiene mucha paciencia puede revocarle el poder, pero la recomendación es que ya deje que esto culmine con ese mediocre abogado pero este siempre “al pie de la jugada” para que no se vaya a ganar una sorpresita.

Después de que tenga ya los documentos que se mencionaron en el primer caso ahora si inicie los tramites para obtener el restante de su PRIMA DE ACTUALIZACIÓN y conseguir la reliquidación, cosa para la cual usted le pago al anterior abogado pero este no logro cumplir a cabalidad su misión.

Tercer caso – Nunca inicié tramites pero ahora que si le salio platica a unos compañeros deseo hacerla.
Tenga en cuenta que por no haber reclamado a tiempo usted únicamente tiene derecho a reclamar los últimos cuatro años, así que no espere las mismas sumas que sus compañeros que reclamaron a tiempo, pero sí será bastante platica de la PRIMA DE ACTUALIZACIÓN como para comprarse un nuevo apartamento.

Para el reclamo de la prima de actualización se debe tener en cuenta su año de retiro, ya que si usted salio retirado después de 1992, supuestamente esa prima a usted ya se la pagaron, pero eso es cierto en parte, ya que no se tuvo en cuenta la INDEXACIÓN y por tal motivo usted fue mal liquidado, así como las cesantías y liquidación fueron mal canceladas y por lo tanto usted sí tiene derecho a reclamar lo que se le dejo de pagar, por lo tanto no es cierto de que los que se retiraron después de 1992 no pueden reclamar, por que SI SE PUEDE.

Con respecto a la documentación que se requiere si usted leyó con atención los puntos tratados anteriormente sabrá bien el trámite y no necesitaremos retomar lo ya dicho.

Bueno señores ACORADOS ahora nos damos cuenta que todos podemos reclamar un dinerito que por ahí esta embolatado y no hay tal de que algunos no pueden reclamar, o que a otros ya se les pago o quien sabe que otro cuento, asesórense bien y a trabajar que para eso es sueldo de retiro o pensión, acuérdense que el Consejo de Estado ya determinó que es lo mismo.

Capitán de Fragata (r) GONZALO ORDÓÑEZ SERRANO

5.3.07

MEMORANDO PRESENTADO EN LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ACORE

Los Oficiales firmantes, socios, activos de ACORE, presentamos al Señor General RAFAEL ZAMUDIO MOLINA Presidente Nacional de ACORE, a su Junta Directiva, Presidentes de las Seccionales y Socios en general, reunidos en Asamblea General Ordinaria, nuestro saludo cordial con los mejores deseos de éxito en la consolidación dé la asociación y logro de sus objetivos

Convencidos de la importancia de ACORE como Asociación, los peligros que amenazan a la profesión Militar como carrera, nos permitimos manifestar muestra preocupación mencionando los aspectos de mayor interés en procura de una acción constante y coordinada, dirigida a defender la Institución.

1. La legislación que organiza y reglamenta la profesión Militar y de Policía como carrera, obedece a principios establecidos como logros alcanzados por la humanidad en su largo y doloroso proceso, y no al capricho personal o situaciones de momento. El Régimen especial de prestaciones sociales, no es un regalo o dádiva sino la simple compensación a las exigencias en cuanto a entrega con sacrificio, valor y una permanente disponibilidad en el tiempo y el espacio, que ninguna otra profesión tiene. Es de anotar cómo ésta legislación permanece en el recuerdo como si fuera un privilegio, que no solamente ha quedado atrás después de promulgada la ley 100 de Seguridad Social, sino violentada por las autoridades de tumo, como es el caso del desconocimiento del principio dé oscilación establecido por ley (1211 art. .169). La absurda medida de someter a demanda individual la Prima dé Actualización en aberrante discriminación con relación al trato dado a los servidores de la Rama Judicial, y el hecho de no incluirla como parte del sueldo básico su finalidad, como lo establece el artículo 15 del Decreto 335 I92 en concordancia con la ley 4 del mismo año.

La Escala salarial que disfrutamos por tradición, uso y costumbres como derecho adquirido hasta 1.980 se desconoce, y la iniciada con el grado de General en la que se le asigna como sueldo lo devengado en todo tiempo y por todo concepto por un Miembro del Congreso, se suspende a partir del grado de Coronel y dos anos más tarde sin justificación, pasa en los mismos términos a lo devengado por un Ministro del Despacho Ejecutivo. En 1:987 se incorpora el grado de Coronel, pero partiendo del grado de Mayor General, quebrantando el escalafón como ordenamiento jerárquico, y sigue suspendida a partir del grado de Teniente Coronel. Todo esto permite que un Congresista reciba como salario la suma de $ 18.000.000 en el año 2.005 en tanto un General o un Ministro del Despacho Ejecutivo tan solo $ 8.000.000. Finalmente en octubre del año pasado se le asigna una bonificación a los Ministros equivalente a 4 salarios mensuales a los que no tiene derecho el General. Como pretendida respuesta el Gobierno crea una prima del 33 % para los cargos de Comandante General y Comandantes de las Fuerzas que carece de efecto para todo cómputo de aspecto salarial. Los salarios de todo el personal de Profesionales de la Fuerza Publica están perdiendo en la actualidad el 50 % de su poder adquisitivo.

2. Los Militares han sido pioneros en proporcionarse sus propios servicios de salud, bienestar, educación, vivienda, seguridad social y recreación, obligación primordial del Estado participando en su sostenimiento con su propio peculio. La falta de actualización consecuencia de unas administraciones continuistas y tradicionales, sometidas a Ia presión externa, han dejado crecer los problemas de orden interno, a tal punto que no solamente han sido superadas por otras entidades, sino colocadas al borde de la extinción por asfixia.

Las E.P.S. ofrecen una atención más oportuna y eficaz a sus afiliados, que la tradicional y complicada que presta la Sanidad Militar. Las Cajas de Compensación igualmente prestan un excelente servicio de bienestar y recreación con centros vacacionales y hoteles. Atiende la educación con colegios propios y primaría para sus afiliados. Los grandes centros comerciales ofrecen descuentos atractivos para sus socios. La vivienda y préstamos con interés del 1.3 son una realidad, distribuida por todo el territorio nacional.

No es el momento para un juicio de responsabilidades, que nos haría llorar por la perdida de lo que no supimos mantener al ritmo de su crecimiento y exigencias de la modernidad. Que nos sirva de experiencia lo vivido para iniciar su restablecimiento con actualización y suficiencia.

- La salud como servicio prestado al retirado y sus familiares con derecho, debe cobrar independencia respecto al personal profesional en actividad, con cubrimiento total haciendo uso de recurso próximos y de libre elección como los que prestan las EPS.

- La Caja de retiro debe pasar de simple pagadora de sueldos a la que hay que demandar para que por orden de un Juez cumpla su obligación de gestionar los dineros para cubrir lo ordenado por Decreto, disposición al que tampoco le esta dando la interpretación de contenido y finalidad, que requiere la defensa de sus asociados, ante la ausencia de un sindicato que obre como fuerza de presión. Ojala llegara a convertirse en caja especial qué al igual que las Cajas de Compensación atiendan la salud, la educación, la vivienda, el bienestar y la recreación de sus asociados.

Los miembros de la Fuerza Pública en uso de retiro, no estamos solicitando emolumento nuevo, distinto al que corresponde al salario completo ajeno a la escala salarial porcentual tradicional constituida en derecho por uso y costumbre y el mantenimiento del poder adquisitivo que establece la aplicación del IPC. No estamos en contra de lo acordado con los Magistrados como acto de Justicia a los administradores de la justicia, sino que reclamamos trato en igualdad real y efectiva (Art. 13 de la Constitución Nacional) y que a los defensores de los derechos, les sean respetados los propios.

Es de suma importancia promover el Verdadero .compañerismo y unidad con participación, dejando atrás la absurda y persistente división por Fuerzas, Armas y Servicios, requerida para el ordenamiento de la Institución así .como el que establece la jerarquía por grados y que relacionan el mando y la obediencia requerida en las acciones de conjunto cumplidas en la actividad en desarrollo de la misión encomendada Nada de esto tienen vigencia en el retiro, mucho menos aplicación practica. ¿Acaso pretendemos romper la relación del hijo Oficial respecto al padre Suboficial, en las actividades diferentes a la subordinación que establece el mando y la obediencia en actividad? La unidad de carácter gremial no significa igualdad en la actividad social o de orden económico, las que dependen del esfuerzo personal y de la suerte. La Fuerza Pública compuesta por Militares y Policías es una sola, con el ítem de ser la más noble de las profesiones, la más completa por formación y entrenamiento, la más compartida por responsabilidad, la más necesitada de la ayuda y el compañerismo, cuando de defender sus derechos se trata, ante la falta de un organismo sindical.

Solicitamos la inclusión del presente manifiesto como anexo al Acta de la Asamblea General y su publicación en el periódico de ACORE.

Atentamente:


Presentada por Mayor (r) Jaime Alfredo Gómez Aponte

2.3.07

EL SUEÑO AMERICANO DE NUESTROS SOLDADOS

Por razones de mi trabajo, diariamente me toca toparme con Soldados Profesionales retirados que adelantan estudios de capacitación como Guardas de Seguridad, pero cual ha sido mi gran sorpresa en estos últimos meses, que ahora no solamente reciben estos estudios los retirados sino los activos, y en vista de esto adelanté una encuesta para ver la razón por la cual desean ser Vigilantes Privados y miren lo interesante que pude concluir.

El cincuenta por ciento de los estudiantes de cada curso son soldados profesionales y aducen que desean prepararse para esta profesión por dos principales razones: la primera el salario, ya que un soldado profesional no gana sino $ 450.000 y un Guarda de Seguridad gana en promedio $ 800.000 o sea casi el doble y si es escolta se puede estar acercando a los dos millones de pesos y la segunda el riesgo, ya que como vigilante privado el riesgo de encontrar una mina quiebra patas o entrar en combate es casi nulo.

Lógicamente han enunciado otras razones como el mal trato que se recibe por parte de los superiores, el mal servicio de sanidad en todas las guarniciones, una incorporación supremamente mal hecha que por lo general únicamente incorporan lo mas crápula de la sociedad, se aburren de los constantes atracos y robos de que son objeto dentro de los batallones - ¿algo como increíble no?, la mala comida, la mala dormida, el no estar cerca de sus seres queridos, etc, etc, etc.

Entonces entreviste a varios Soldados y les pregunté si ésto de pensar en el retiro era generalizado, y me comentaron que el sueño de la mayoría de ellos es volverse Guarda de Seguridad, que tan pronto ven algo seguro pasan inmediatamente su baja e inician a trabajar con estas compañías y por eso adelantan estos estudios siendo activos, para poder tener todos los documentos en regla. Y que los que se quedan en las filas son personas que no tienen ilusiones en la vida por progresar, hicieron énfasis en los drogadictos, ladrones, o los que esperan una guaca similar a la del Caguan para ahí “si perderse”.

Pueden ustedes imaginarse lo que siente uno cuando un soldado le cuenta a una persona que vive y siente a las Fuerzas Armadas estos sueños. Ahí uno comienza a pensar con que calidad de soldados estamos defendiendo nuestro País?, y salen nuevas preguntas, será que los oficiales y suboficiales están pensando algo similar y no ven la hora de que les propongan un salario acorde a sus conocimientos y aptitudes para abandonar las filas; por que para nadie es un secreto que somos los profesionales mas mal pagos del País y los que desempeñamos la profesión mas riesgosa, pero somos los que mas amamos la Patria, ¡que ironía!.

Bueno creo que es hora de que nuestros Generales comiencen a pensar que estrategias adelantaran para que estos héroes de la partía no se nos vayan de las filas así como así, y que en los batallones únicamente queden los rezagos para combatir el enemigo. Indiscutiblemente se debe replantear el tema del salario de los Soldados ya que por lo menos deben ganar el doble de lo que gana un Vigilante Privado (esto como salario sin primas, ya que estas deben ir por aparte pensando en la pensión), debemos mejorar ostensiblemente el tema de la Sanidad Militar que para todos nos es claro que es pésima, de la misma forma ver como se inicia pero seriamente el tema de la vivienda de interés social para estos incansables luchadores de la democracia; al igual que debemos primero que todo capacitarlos para laborar en la vida civil para el día que pidan su retiro de la institución y lógicamente contar con una gran bolsa de empleo que para poderlos acomodar en una empresa y no comiencen a rebuscarse como sobrevivir.

Ojala no volvamos a ver por televisión esas tristes imágenes del soldado profesional que se pensionó y como su sueldo de retiro no le alcanzaba para sobrevivir mato a su esposa, sus hijos y luego se quito la vida, o la de aquel otro que sufre del síndrome de la guerra y cuenta que sus $ 450.000 que le quedaron de pensión no le alcanza ni para comprar la droga que le toca tomarse diariamente por que estas valen mas de un millón de pesos mensuales, y por esto no puede dormir mas de dos horas al día y ya se esta volviendo loco. ¿Será este el fin que todos deseamos para todos los héroes de la patria que por tantos años han defendido la democracia?.
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Capitán de Fragata (r) Gonzalo Ordoñez Serrano

1.3.07

LEAMOS CON DETENIMIENTO EL BOLETIN DE CREMIL

Para que obseven las barbaridades que se escriben en el Boletín de CREMIL y que intentan desinformar a la opinión pública; gracias a compañeros de las FF.MM. que están pendientes de estas verdades a medias, logramos desvirtuar uno a uno los escritos que buscan mantener totalmente embolatados a los Militares para no reclamar lo ordenado por las leyes de la republica.

Sigo sin entender por que el Director de CREMIL continua negando el reconocimiento de los derechos de los afiliados, así estén plenamente seguros que es un deber legal y constitucional reconocerlos, lo que hace costumbre la instauración de demandas por parte de los miembros de las Fuerzas Armadas, para hacer valer esos derechos que en un principio les desconocen, por simple terquedad.

----- Original Message -----
From: Alfonso Fierro
To: direccion@cremil.gov.co ; juridica@cremil.gov.co ; prestaciones@cremil.gov.co ; acore@cable.net.co ; acorvalle@telesat.com.co ; gonzaordo@hotmail.com ; spimleguizamon@gmail.com ; erick antonio alvarado lopez ; carlos amay león
Sent: Thursday, February 22, 2007 5:13 PM
Subject: Comunicado al Director de CREMIL

Señor Director:

Cordial saludo.

Con relación al artículo publicado en el Boletín 62 titulado Pago de Derechos Pensionales, atentamente me permito hacer las siguientes observaciones:

Si bien es cierto que CREMIL es un establecimiento público adscrito al Ministerio de Defensa Nacional con funciones de previsión social y que dada su naturaleza para el desarrollo de su misión se debe regir con sujeción a las normas de presupuesto establecidas por el Gobierno Nacional, también lo es que la Entidad está en la obligación de presentar al Gobierno para que lo asigne, el presupuesto para cancelar los derechos prestacionales del personal cuando estos se derivan de leyes que actualmente se encuentran vigentes.

¿Ha solicitado la Entidad que Ud. dirige los recursos para pagar las obligaciones contraídas en la Ley 4ª de 1992 que ordena una Nivelación Salarial para Activos, Retirados y Pensionados de la Fuerza Pública?

De ser así nos gustaría conocer ese documento.

Por encima de cualquier título jurídico se encuentra lo ordenado en una ley expedida por el Congreso de la República, Ud. debería como en infinidad de oportunidades se lo hemos sugerido, presentar el problema al Ministerio de Defensa, al de Hacienda y al mismo Gobierno en cabeza del Señor Uribe para que sea ellos los que lo resuelvan.

Nadie está solicitando que la Caja pague si no le asignan los recursos. Lo que queremos es que ante un requerimiento firme de la Entidad bajo su responsabilidad, este Gobierno irresponsable y desconsiderado no tenga más opción que asignar los recursos que legalmente le corresponden a los más fieles servidores del Estado.

Las explicaciones dadas en el Boletín en nada contribuyen a resolver el problema que cada día se agrava por el aumento en los montos y en la creciente inconformidad de los afectados.

En su oficina yo le prometí que esta ley de la Nivelación Salarial la haríamos cumplir así nos echaran bala y puede estar seguro de que no incumpliré mi palabra.

Atentamente,

Capitán Juan Alfonso Fierro Manrique
Presidente ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS
alfierrom@yahoo.com

BOLETÍN CREMIL 62 / 2007 - Pago a derechos prestacionales
CREMIL es un establecimiento público adscrito al Ministerio de Defensa Nacional con funciones de previsión social, dada su naturaleza para el desarrollo de su misión se debe regir con sujeción a las normas de presupuesto establecidas por el Gobierno Nacional.
Esto significa que entidades como CREMIL solamente podrán reconocer derechos y pagar obligaciones a medida que Minhacienda sitúe los recursos respectivos.Precisamente en virtud de lo expuesto, en el caso de la prima de actualización para el personal de militares retirados se solicitó los recursos respectivos ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, obteniéndose pronunciamiento contenido en el concepto No.0777 de 1998 y oficio 0108143 del 25 de octubre de 2004, en el que se consideró improcedente la solicitud, toda vez, que no existe título jurídico suficiente que constituya gasto.
Así las cosas, no puede pretenderse que la Entidad efectúe el pago de derechos prestacionales sobre los cuales no se ha asignado la apropiación correspondiente, constituyéndose ello en una actuación ajustada a derecho y no caprichosa como lo pretenden hacer ver en sus escritos algunos militares en retiro.Notas del Director, 20 de febrero de 2007
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